Autoridades en Brasil autorizan transfusión de sangre para bebés prematuros con padres Testigos de Jehová

Por medio de una solicitud del Ministerio Público en Brasil aprobaron la transfusión de sangre a dos bebés prematuros en condición grave, la cual había sido prohibida por sus padres al ser de creencia Testigo de Jehová.

En el municipio de Goiás, el Ministerio Público del Estado de Goiás (MPGO), se determinó que era válida y urgente que a los bebés se les sometiera a una transfusión de sangre ya que estaban en peligro de muerte por haber nacido con solo 28 semanas y 5 días.

La condición de salud de los bebés se agravó cuando sus padres, Testigos de Jehová, se negaron rotundamente al procedimiento porque “es un daño a su fe”.

Con solo 1, 2 kilos de peso, la Maternidad de Ela los atendió pero por su “delicada y frágil condición” no pudieron ser dados de alta el pasado 28 de Noviembre, afirma el diario Metrópoles.

Ambos corren un grave riesgo de complicaciones como infecciones, displasia broncopulmonar y anemia, por lo que necesitan transfusiones de sangre urgentes, asi que el hospital decidió apelar para que se garantice el tratamiento.

“El bajísimo nivel de hemoglobina en un recién nacido puede derivar en graves complicaciones de difícil o imposible reparación, siendo la transfusión de sangre la medida que mejor se adapta al presente caso”, afirmó el hospital.

El procedimiento no fue autorizado por los padres, complicando más la situación; ellos explicaron lo sucedido a través de un documento.

“Tenemos firmes convicciones bíblicas. Por tanto, no aceptamos transfusiones de sangre. Además, es ampliamente conocido que las transfusiones alogénicas presentan riesgos de hepatitis, VIH y otros peligros para la salud. Decidimos evitar esos riesgos”, detallaron.

Ante esto, la jueza Patrícia Machado Carrijo, autorizó la transfusión de sangre incluso sin el consentimiento de los padres, con base en el riesgo de muerte.

Ella también destacó que ya autorizó los demás procedimientos necesarios para brindar el “mejor y más efectivo tratamiento médico a los gemelos”.

“No se puede negar que las libertades de conciencia y el culto religioso son garantías fundamentales enumeradas en nuestra Carta Magna. Sin embargo, lo que está en juego, en este caso, no es la garantía de un puro y simple derecho individual, sino la garantía del derecho de una persona aún incapaz, con un carácter muy personal y, por tanto, inalienable”, finalizó.

Fuente:Bibliatodo